El Código de Derecho Canónico requiere que cada parroquia cuente con un Consejo de Asuntos Económicos (c.537). Por lo tanto, elegir no tener un Consejo de Asuntos Económicos no es una opción para la parroquia ni para el Párroco. El CAE ayuda al Párroco, quien representa y rige la parroquia en sus asuntos jurídicos (c.532), a tomar decisiones administrativas y financieras por el bien de la parroquia, específicamente respecto a los actos de administración tanto ordinaria como extraordinaria (ver Apéndice II).
Atendiendo a este requerimiento, la Parroquia Presentación del Señor tiene organizado su CAE, el mismo esta compuesto por:
"En toda parroquia ha de haber un consejo de asuntos económicos que se rige, además de por el derecho universal, por las normas que haya establecido el Obispo diocesano, y en el cual los fieles, elegidos según esas normas, prestan su ayuda al párroco en la administración de los bienes de la parroquia, sin perjuicio de lo que prescribe el canon 532 11 (CIC c. 537).